En DGTL Abogados contamos con más de 15 años de experiencia en Derecho Agrario en Michoacán. Ofrecemos asesoría y representación en regularización de tierras ejidales y comunales, sucesión de derechos agrarios, juicios ante tribunales agrarios, asambleas ejidales, dominio pleno y otros asuntos relacionados con la tierra, siempre con un servicio profesional, ético y cercano a nuestros clientes.
Regularización de tierras ejidales y comunales.
Juicios agrarios ante el Tribunal Unitario Agrario (ejemplo: conflictos de tierras, nulidad de asambleas, restitución de parcelas).
Reconocimiento de derechos ejidales y comunales.
Sucesión de derechos agrarios (cuando fallece un ejidatario).
Conflictos entre ejidatarios o comuneros.
Asesoría en asambleas ejidales y comunales.
Procedimientos de dominio pleno para convertir tierras ejidales en propiedad privada.
Contratos agrarios: arrendamiento, aparcería, usufructo.
Defensa contra invasiones o despojos de tierras.
¿Qué es un ejido y cómo se regulan las tierras ejidales?
Respuesta: Un ejido es una forma de propiedad social reconocida en la Constitución y la Ley Agraria, donde la tierra se otorga a un grupo de ejidatarios para su aprovechamiento agrícola, ganadero o forestal.
Las tierras ejidales se dividen en parcelas individuales y tierras de uso común, y se regulan a través de asambleas ejidales y por el Tribunal Unitario Agrario en caso de conflictos.
¿Cómo se tramita la sucesión de derechos ejidales?
Respuesta: Cuando un ejidatario fallece, sus derechos pueden transmitirse a la persona designada en la lista de sucesión registrada ante el Registro Agrario Nacional (RAN).
Si no existe lista, los derechos se asignan a los familiares conforme a la Ley Agraria (cónyuge, concubina(o), hijos, ascendientes, y en su defecto, cualquier persona que haya dependido económicamente del ejidatario).
El trámite se hace ante el Tribunal Agrario, aportando acta de defunción, documentos agrarios y actas de parentesco.
¿Qué diferencia hay entre tierra comunal y ejidal?
Respuesta:
Tierra ejidal: se otorga a un núcleo de ejidatarios; su organización depende de la asamblea ejidal.
Tierra comunal: pertenece a comunidades agrarias, muchas veces de origen indígena; se rige por usos y costumbres, además de la Ley Agraria.
En ambos casos, se trata de propiedad social, distinta de la propiedad privada.
¿Qué documentos necesito para regularizar mi parcela?
Respuesta:
Credencial de ejidatario o documento que acredite la calidad de posesionario.
Plano parcelario del ejido.
Resolución presidencial o documentos agrarios que reconozcan el núcleo ejidal.
Identificación oficial y CURP.
El trámite se gestiona ante el Registro Agrario Nacional (RAN) y puede involucrar al Tribunal Agrario.
¿Se puede vender o heredar una parcela ejidal en Michoacán?
Respuesta:
Heredar: Sí, mediante la lista de sucesión registrada en el RAN o, en su defecto, a los familiares conforme a la Ley Agraria.
Vender: No se pueden vender directamente como propiedad privada, salvo que el ejidatario solicite el dominio pleno de la parcela. Una vez convertido en propiedad privada, la parcela puede venderse o hipotecarse como cualquier inmueble.
⚖️ Mientras sigan siendo ejidales, los derechos sólo pueden transmitirse a otros ejidatarios o a la propia comunidad.